Según la información facilitada por Şerife Güzel de Haberler.com, el Ministerio del Interior, el Reglamento de Tráfico de Carreteras está preparando nuevas restricciones para el uso de soportes para el móvil, cámaras de a bordo, pantallas de navegación y sistemas de sonido. Según se afirma, el texto, elaborado por orden del ministro Mustafa Çiftçi, excluye del ámbito de las sanciones los equipos de a bordo que los conductores utilizan a diario. En este contexto el límite de 5 cm, se establecen medidas específicas para los dispositivos instalados en el parabrisas y para el sistema de sonido situado en el maletero.
Las fuentes informativas indican que la nueva normativa incluirá las elevaciones que no superen los 5 cm estarán claramente incluidas en la excepción. De este modo, se establece un ámbito de aplicación más claro para las cámaras de coche, los soportes para teléfonos y otros dispositivos de ayuda a la conducción similares que se instalan en el parabrisas. Además, los ambientadores y pequeños accesorios que se cuelgan del retrovisor también adquieren legitimidad legal dentro de este mismo criterio de medidas. Según esta afirmación, los equipos que no obstaculicen la visión del conductor ni dificulten el control del vehículo no constituirán motivo de sanción.
El Ministerio del Interior anunció, en un comunicado con fecha del 24 de junio de 2026, que la Asamblea Nacional de Turquía (TBMM) había aprobado la propuesta que prevé modificaciones en la Ley de la Policía y en el Código de Circulación. Este comunicado oficial ha dado mayor visibilidad al debate en torno a las multas de tráfico y al uso de equipos en el interior de los vehículos. Por otra parte, los límites técnicos que, según se informa, se incluirán en el reglamento se basan en los detalles que figuran en la noticia de Şerife Güzel. Por este motivo, los temas relacionados con los soportes para el móvil, las cámaras de a bordo y los sistemas de audio revisten una importancia especial para los conductores.
Según la información facilitada, las pantallas instaladas de fábrica en los vehículos también quedarán excluidas de la normativa. En este sentido, la pantalla multimedia original del fabricante, el sistema de música, la pantalla de ayuda al aparcamiento y la pantalla de configuración del sistema no serán objeto de sanciones. No obstante, también se define un margen de libertad claro para los dispositivos utilizados con fines de asistencia a la conducción, al aparcamiento o a la navegación. Las cámaras interiores y exteriores del vehículo, los dispositivos de grabación y las pantallas de apoyo también se incluyen en esta categoría.
PUEDE INTERESARTE
Los nuevos límites aclaran el uso diario por parte del conductor
La nota informativa de la Dirección General de Seguridad, Dirección de Tráfico, establece que quienes no utilicen de forma adecuada los dispositivos de sonido, música, imagen y comunicación en los vehículos una multa administrativa de 3 000 TL . La misma nota informativa establece, para los dispositivos que no cumplan las condiciones y para los dispositivos de visualización que se encuentren dentro del campo de visión o de uso del conductor, una multa de 21 000 TL y una inhabilitación para conducir de 30 días . Este cuadro hace que las cláusulas de excepción, que supuestamente forman parte de la modificación del reglamento, cobren mayor importancia. Y es que los conductores quieren saber qué equipos se consideran accesorios auxiliares y qué usos constituyen una infracción.
En cuanto al sistema de sonido, también destacan nuevas medidas. Según la noticia, en el maletero de los vehículos se podrá llevar 1 subwoofer de 45 Hz como máximo junto con un amplificador de un máximo de 300 vatios . Los equipos de sonido originales del fabricante del vehículo quedarán excluidos de este límite y estarán protegidos. En los sistemas instalados posteriormente, las dimensiones y el modo de uso serán determinantes.
La propuesta de normativa no considera suficiente, para la imposición de una sanción por el sistema de sonido, la mera presencia del equipo. Según la noticia, será necesario que el sonido se propague fuera del vehículo, que perturbe la tranquilidad y el bienestar de los ciudadanos, y que esta infracción quede registrada de forma concreta. De este modo, un subwoofer o un amplificador situado en el maletero no constituirá por sí solo motivo de sanción. Sin embargo, un uso que moleste al entorno con un volumen elevado, junto con una grabación, podrá dar lugar a la apertura de un procedimiento sancionador.
Por lo que respecta al uso del teléfono móvil, se mantienen las prohibiciones vigentes. La normativa transmitida por la Dirección General de Seguridad prevé, para los conductores que utilicen un teléfono móvil o un dispositivo de comunicación similar con la mano mientras conducen, una multa administrativa de 5 000 TL . Esta distinción deja clara la diferencia entre el uso del teléfono con el soporte y la infracción de utilizarlo con la mano. El uso de un navegador o de un soporte fijo se evalúa por separado, mientras que sostener el dispositivo con la mano mientras se conduce se considera una infracción distinta.
OFERTAS EN PEQUEÑOS ELECTRODOMÉSTICOS
Oferta especial para miembros Premium: 5 % de descuento en la cesta de la compra de pequeños electrodomésticos
¡Descuento neto en la cesta, exclusivo para Premium, en ventiladores seleccionados!
¡Descuento neto del 5 % en la cesta, exclusivo para Premium, en televisores seleccionados!
¡8 % de descuento en la cesta en aspiradoras de la marca Roborock!
Juego de batidoras Arnica GH21480 Diamond
Teknoblog tiene programas de afiliados. Estos no influyen en el contenido editorial, pero Teknoblog puede obtener una comisión por los productos comprados a través de los enlaces de afiliados.
